¿Para quién sirve?

Esta página no se escribe: se genera del mismo catálogo con el que trabaja el sistema. Si cambia lo que sabe hacer, cambia aquí.

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita le impone las mismas obligaciones de fondo a figuras muy distintas. Este sistema lleva un inventario de lo que cada autoridad pide y de si se puede producir; hoy tiene diez obligaciones de esa ley, y todas son idénticas para cualquier figura del artículo 17. Lo que cambia con la figura es el umbral y el formato del aviso, no el deber.

Las que se apartan dependen de qué servicio se presta, y no salen de esa ley sino de la propia de cada figura: El Libro de Gobierno lo lleva el centro de mediación registrado ante el Instituto de Justicia Alternativa. Quien no presta ese servicio no tiene libro que exhibir. El libro de registro lo lleva el corredor público. Quien no da fe pública mercantil no tiene libro de registro que exhibir. Aparte quedan cuatro obligaciones que no dependen de qué Actividad Vulnerable se realice —ni de que se realice alguna—: la facturación y el trato de datos personales.

Figuras del artículo 17

Se dice también lo que este sistema todavía no sabe atender, y por qué. Una figura que no aparece como atendida no es un olvido: es una respuesta.

FracciónActividad¿Este sistema la atiende?
XI Prestación de servicios profesionales independientes Sí, incluido el aviso
XII-B Fe pública — Corredor público fedatario Sí, incluido el aviso
XII-A Fe pública — Notario público fedatario Todavía no
El esquema oficial del aviso de notarios no está descargado en este sistema. Se puede declarar la figura, pero no se puede producir su aviso.
XII-D Facilitador de mecanismos alternativos de solución de controversias Todavía no
La Ley sí lo prevé —art. 17 fr. XII, apartado D, adicionado por el DOF 16-07-2025—, pero las Reglas de Carácter General para personas facilitadoras de mecanismos alternativos de solución de controversias no se han publicado: sin ellas no hay formato oficial con el cual avisar ni, por tanto, plazo que presentar.
IV Otorgamiento de préstamos o créditos Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
V Comercialización de bienes inmuebles Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
V Bis Desarrollo inmobiliario Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
XIII Recepción de donativos Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
XV Derechos de uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento) Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
I Juegos con apuesta, concursos o sorteos Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
II Emisión o comercialización de tarjetas e instrumentos de valor monetario Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
III Emisión y comercialización de cheques de viajero Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
VI Metales y piedras preciosas, joyas o relojes Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
VII Subasta o comercialización de obras de arte Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
VIII Comercialización o distribución de vehículos Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
IX Servicios de blindaje de vehículos e inmuebles Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
X Traslado o custodia de dinero o valores Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
XIV Comercio exterior como agente o apoderado aduanal Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
XVI Intercambio de activos virtuales Todavía no
Este sistema ya tiene el acto y el umbral de esta fracción —se puede capturar, acumular y monitorear el efectivo—, pero no tiene descargado su esquema oficial (XSD), así que no puede producir su aviso.
XII-C Fe pública — servidores públicos con facultad de dar fe fedatario Todavía no
El apartado C de la fracción XII se refiere a servidores públicos en ejercicio de sus atribuciones. Este sistema declara la figura para no negar su existencia, y no la atiende: no es una figura que se dé de alta ante el SAT como sujeto obligado privado.

Umbrales

Expresados en UMAs, que es como los expresa la ley. El equivalente en pesos se calcula con la UMA vigente del año — el sistema lo hace por dentro; aquí no se publica una cantidad congelada que envejecería sola cada enero.

FracciónActoIdentificarAvisar
XI Transmisión de derechos reales sobre inmuebles En todo caso Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el prestador de dichos servicios lleve a cabo, en nombre y representación de un cliente, alguna operación financiera que esté relacionada con las operaciones señaladas en los incisos de esta fracción, con respeto al secreto profesional y garantía de defensa en términos de esta Ley.
XI y XII-B Constitución o modificación de personas morales En todo caso En todo caso
XII-B Otorgamiento de poderes amplios En todo caso En todo caso
XI y XII-B Constitución de fideicomisos En todo caso En todo caso
XII-D MASC — mediación y arbitraje Sin obligación vigente Sin obligación vigente
XV Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento) 1,605 UMAs 3,210 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
V Comercialización de bienes inmuebles En todo caso 8,025 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
V Bis Desarrollo de bienes inmuebles En todo caso 8,025 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
XIII Recepción de donativos 1,605 UMAs 3,210 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
IV Otorgamiento de préstamos o créditos En todo caso 1,605 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
I Juegos con apuesta, concursos o sorteos 325 UMAs 645 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
II Tarjetas de servicios o de crédito 805 UMAs 1,285 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
II Tarjetas prepagadas 645 UMAs 645 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
II Instrumentos de almacenamiento de valor monetario 645 UMAs 645 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
III Cheques de viajero En todo caso 645 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
VI Metales y piedras preciosas, joyas o relojes 805 UMAs 1,605 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
VII Subasta o comercialización de obras de arte 2,410 UMAs 4,815 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
VIII Comercialización de vehículos aéreos, marítimos o terrestres 3,210 UMAs 6,420 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
IX Blindaje de vehículos e inmuebles 2,410 UMAs 4,815 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
X Traslado o custodia de dinero o valores En todo caso 3,210 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
XIV Comercio exterior como agente o apoderado aduanal En todo caso En todo caso
XVI Intercambio de activos virtuales En todo caso 210 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
XII-B Avalúo de bienes (corredor público) 8,025 UMAs 8,025 UMAs
Acumula para el art. 7 del Reglamento.
XI Servicios profesionales independientes En todo caso Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el prestador de dichos servicios lleve a cabo, en nombre y representación de un cliente, alguna operación financiera que esté relacionada con las operaciones señaladas en los incisos de esta fracción, con respeto al secreto profesional y garantía de defensa en términos de esta Ley.

Los umbrales se cotejaron renglón por renglón contra el texto vigente de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPIORPI.pdf, última reforma 2025-07-16), leída el 2026-08-20. Ante una diferencia manda la Ley. Como lectura rápida se sigue el portal del SAT (https://sppld.sat.gob.mx/pld/interiores/umbrales.html), capturado el 2025-07-16 y cotejado el 2026-08-19: el sistema le pregunta a esa página todos los días y avisa cuando cambia — así fue como se detectó que había cambiado el 5 de febrero de 2026.

Lo que hay que poder entregar

Estas diez obligaciones le tocan a cualquier figura del artículo 17.

FundamentoQué pideCuándo
LFPIORPI arts. 17 y 23 (a más tardar el día 17 del mes siguiente) El aviso de los actos u operaciones que alcanzan el umbral, en el formato oficial del portal SPPLD. Mensual — día 17 del mes siguiente (corre al hábil siguiente).
LFPIORPI art. 18 fr. VI El aviso dentro de las 24 horas contadas desde el conocimiento del acto. 24 horas desde el conocimiento.
Art. 7 del Reglamento de la LFPIORPI Sumar los actos de una misma persona en seis meses para saber cuándo, en conjunto, alcanzan el umbral. Continuo — se mira antes de cada aviso mensual.
LFPIORPI arts. 32 y 33 Hacer constar en el instrumento la forma en que se pagó el acto, o señalar por qué no aplica. El art. 32 es una PROHIBICIÓN de liquidar en efectivo por encima del límite, no un aviso. En cada acto que alcanza el límite del art. 32.
ACUERDO 115/2026, arts. 12 (identificación) y 17 (simplificada) Los datos y copia de los documentos de identificación del Cliente o Usuaria, integrados en un expediente, a disposición de la autoridad. A requerimiento.
ACUERDO 115/2026, art. 10 Septies 1 fr. II y art. 37 El DISEÑO de la metodología: los elementos, sus indicadores y los valores que les asigna quien realiza la Actividad Vulnerable. Antes del 1 de marzo de 2027, y al revisarse.
ACUERDO 115/2026, Cap. II Quáter — art. 10 Septies 3 (las revisiones constan por escrito y se conservan) El resultado de aplicar la metodología, por escrito, con la cuenta que lo sostiene. Anual, y cuando cambien las condiciones.
ACUERDO 115/2026, art. 37 Bis (catorce contenidos mínimos) El Manual de Políticas Internas, con los catorce contenidos que enumera el artículo. Antes del 1 de marzo de 2027.
ACUERDO 115/2026, arts. 39 Bis y 39 Bis 1 «Evidencia documental de los programas, talleres, materiales, listas de asistencia, evaluaciones, constancias y cualquier otro documento que ayude a comprobar que se llevó a cabo la capacitación», por diez años. Las constancias solo se expiden previa evaluación de los conocimientos adquiridos. Al menos un curso al año. El primer periodo anual va del 1-ene al 31-dic-2027 (transitorio Séptimo).
ACUERDO 115/2026, arts. 42, 44 y 45 — transitorio Octavo El dictamen anual que evalúa la efectividad del cumplimiento, presentado al órgano de gobierno o directamente a la persona física. Interno si el riesgo es bajo o medio (art. 44); externo certificado si es alto o si así se elige (art. 45). Anual. El primer periodo va del 1-ene al 31-dic-2028 (transitorio Octavo).

Nada de esta página es una opinión sobre un caso concreto. Si tu figura no está aquí, o está y dice «todavía no», escríbenos y te decimos qué haría falta.

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